La cuestión de la ley y la desobediencia ha sido y es actualmente uno de los debates más exigentes de la historia de la filosofía. Debido a su grado de implicación política y judicial y la correspondencia directa que tiene en la sociedad, posicionarse a favor o en contra, de forma radical, es complicado, pues existen una infinidad de matices y casos especiales que valorar. A pesar de ello, en la actualidad, la necesidad de regular y coordinar miles de vidas humanas y sus respectivas acciones me lleva a defender que la ley, siempre que su contenido pueda ser moralmente justificado, debe obedecerse.
Para ello, en primer lugar, es imprescindible definir cuál es el objeto de la obediencia a la ley y señalar que este difiere del de la obligación política, cuya finalidad consiste en establecer qué relaciones hay entre ciudadanos y estado. En palabras del doctor Jorge Malem Seña: “El objeto de la obediencia a la ley radica en poder determinar cuándo y en qué circunstancias debe una persona actuar de conformidad con los comportamientos socialmente reglados.” Vemos entonces como ley y sociedad están estrictamente ligadas y dependen directamente de un contexto.
En segundo lugar, debemos establecer la diferencia entre deber y obligación y para ello distinguimos entre dos modelos de estado. En el primero, el ciudadano está sometido automáticamente a la ley, si esta no contradice el Derecho Natural. Esta decisión es independiente de la voluntad del individuo por lo que nos encontramos ante un deber. En cambio, en el segundo, un ciudadano está sujeto a la ley si se ha comprometido voluntariamente a ello mediante algún acto y, por esta razón, podemos hablar de obligación.
Tras esta aclaración, observamos que la desobediencia de la ley toma un papel muy distinto en ambos casos. Cuando hablamos de deber, se convierte en un medio para expresar oposición ante algo que ha sido impuesto, por lo que no desobedeces sino que reivindicas, pero, cuando se trata de obligación, es un acto incoherente pues va en contra de las leyes que han sido aceptadas como propias. Ahora bien, existen múltiples formas de desobediencia, cada una de ellas con sus particularidades y excepciones. Es por ello que, en el siguiente ensayo, nos centraremos en la desobediencia civil que, como define el profesor de filosofía Hugo Adam Bedau, es entendida como “aquellos actos ilegales, públicos, no violentos y conscientes, realizados con la intención de frustrar leyes, programas o decisiones del gobierno”.
Recuperando el argumento anterior, un acto de desobediencia, a pesar de estar bien fundamentado, no deja de ser contradictorio pues atempta contra una institución con la que uno mismo se ha comprometido a colaborar. Este planteamiento responde a la doctrina filosófica de los contractualistas que defienden que el estado es creado como consecuencia de un pacto. Autores como Hobbes y Locke justifican que la legitimidad de un gobierno viene dada por sus súbditos o ciudadanos de manera que, sin su participación, este no existiría.
En el caso de Hobbes, tal y como expresa en el Leviathan, el estado es una institución del interés de todos los ciudadanos. Estos se comprometen a colaborar a cambio de seguridad y protección y ceden su condición de ciudadano convirtiéndose en súbditos. Consiguientemente, pierden el derecho de desobedecer y, además, aquellos que lo hacen de forma ilegítima se perjudican a sí mismos pues, al romper el pacto, pierden el confort vital que se les ha concedido.
Del mismo modo, en el Segundo tratado sobre el gobierno civil de John Locke, el filósofo defiende la configuración de un gobierno encargado de proteger los derechos naturales de los ciudadanos, entendidos como tales el derecho a la vida, a la libertad, a la propiedad privada y a la resolución de conflictos. Este último, a la hora de realizar el pacto, es cedido para el bien común de todos los ciudadanos a cambio de orden y amparo.
De forma resumida, tanto en Hobbes como en Locke, la ley debe obedecerse para, remarcando mi tesis, poder gozar de estabilidad política y social. Aún así, existe un caso en que el filósofo empirista inglés acepta su incumplimiento, es decir, permite la desobediencia de la ley. Se trata del momento en que el gobierno abusa de su poder y incumple el acuerdo establecido, en otras palabras, sus acciones dejan de estar dirigidas hacia la protección de los derechos de los ciudadanos y estos quedan expuestos a su vulneración.
Este hecho, que no debería darse, es por desgracia un elemento común en la actualidad y pone en peligro los pilares de la democracia. La separación entre un gobierno honesto y uno que se excede en sus funciones es muy difusa, sobretodo si, como expresa Henry David Thoreau, filósofo y anarquista estadounidense, en su célebre ensayo La desobediencia civil, hay determinadas situaciones en que “el individuo no tiene otro remedio que evitar prestarse al mal que su conciencia condena mediante la desobediencia de la ley injusta.”
Tomamos, por ejemplo, la obra clásica de Sófocles Antígona. La historia cuenta que los restos mortales de Polinices, quien había muerto en combate contra Creonte, el rey de Tebas, han sido abandonados fuera de la ciudad. Nadie puede enterrarlos bajo penas de muerte mas Antígona, hermana de Polinices, desobedece la ley siguiendo su autonomía moral. La chica, cuando es descubierta, reivindica sus acciones en nombre de los dioses pues considera que ellos no van a castigarla por cumplir con su obligación moral. Sin embargo, Antígona es enterrada viva como condena. Personalmente, considero que la protagonista gozaba del derecho de dar sepultura a su hermano al anteponer la moral a una ley que, en este caso, no podía justificarse sino con odio o venganza.
Como conclusión, reivindico que es en estos casos cuando la obediencia a la ley se vuelve más debatible pues, como he defendido en la tesis original, el contenido de una ley debe ser moralmente justificado para que obligue a su cumplimiento y, por ahora, no existe ningún código deontológico que establezca, de forma clara y directa, en qué situaciones prevalece la moral y en cuales la ley. Algunos filósofos han querido dar respuesta a esta cuestión, de entre los cuales quiero destacar la postura kantiana. Immanuel Kant en su obra Fundamentación metafísica de las costumbres presenta una posible solución en forma de imperativo categórico. Este dice así: “«Obra sólo según aquella máxima por la cual puedas querer que al mismo tiempo se convierta en ley universal.»” El filósofo, con este planteamiento, está proporcionando al ciudadano una herramienta para decidir sobre sus acciones que puede, y debe utilizarse, con el tema en cuestión: la ley y su desobediencia. Para terminar quiero remarcar que, ante la ley, todo individuo debería gozar de la libertad necesaria para actuar conforme su moral, pero siempre siendo consciente de que aquello que se va a realizar ha de ser, del mismo modo, aceptado en el prójimo.
BIBLIOGRAFÍA
Malem Seña, Jorge F. Concepto y justificación de la desobediencia civil. Ariel. 1a edición 1988
Hobbes, Thomas. Leaviatán o la materia, forma y poder de una república eclesiástica y civil. Traducción de Antonio Escohotado. Deusto (2018)
Locke, John. Segundo tratado sobre el gobierno civil. Traducción de Carlos Mellizo. Tecnos (2010)
Adam Bedau, Hugo. “On civil disobedience” en la revista Journal of Philosophy. Número 58. (1963)
Thoreau, Henry David. Civil Disobedience, W.W. Norton & Company, ([1849]1966)
Romero, Luis Gómez. Desobediencia civil. Eunomía: Revista en cultura de la legalidad, núm 6 (2014) págs. 238-244.
Kant, Immanuel. Fundamentación de la metafísica de las costumbres. Colección austral nº648. Espasa – Calpe, S.A. Sèptima edición (1981)